Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Segundo Circuito, 1 de Octubre de 1994 (Tesis num. II. 2o. P. A. 261 C de Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal Y Administrativa del Segundo Circuito, 01-10-1994 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónII. 2o. P. A. 261 C
Fecha de publicación01 Octubre 1994
Fecha01 Octubre 1994
Número de registro210280
MateriaDerecho Civil,Civil

De acuerdo con el artículo 1966 del Código Civil vigente para el Estado de México, es procedente la rescisión del contrato de compraventa, aun cuando el inmueble no se encuentre libre de gravamen y ello no se hubiere mencionado en el contrato o escritura correspondiente.


SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS PENAL Y ADMINISTRATIVA DEL SEGUNDO CIRCUITO.

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