Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado del Segundo Circuito, 1 de Agosto de 1994 (Tesis num. II. 2o. 170 P de Segundo Tribunal Colegiado del Segundo Circuito, 01-08-1994 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónII. 2o. 170 P
Fecha de publicación01 Agosto 1994
Fecha01 Agosto 1994
Número de registro210904
MateriaDerecho Civil,Penal

Por lo que se refiere a la reparación del daño, debe decirse que en términos de lo dispuesto por el artículo 32 del Código Penal del estado, tratándose de delitos patrimoniales, el resarcimiento será "siempre" por la totalidad del detrimento causado, así que la condena en tal sentido, tomando como base el valor de los bienes que se consigna en las facturas y en el avalúo correspondientes, conforme al precio en que fueron adquiridos, se ajusta a lo preceptuado por la...

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