Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado del Sexto Circuito, 1 de Julio de 1994 (Tesis de Segundo Tribunal Colegiado del Sexto Circuito, 01-07-1994 (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación01 Julio 1994
Fecha01 Julio 1994
Número de registro211980
MateriaDerecho Civil,Civil

La acción de simulación regulada en el artículo 1533 del Código Civil del Estado de Puebla, está establecida en protección y para beneficio de los terceros, quienes difícilmente pueden demostrar la insolvencia de sus deudores, pues para ello tropezarían con muchos obstáculos, dada la diversidad de situaciones que en la vida práctica se presentan para encubrir una operación fraudulenta, por lo que ante las dificultades de la prueba, hay que atenerse a la prueba presuncional para evitar al que sufre un fraude la dificultad de probarlo. De conformidad con el artículo 456 del Código de Procedimientos Civiles del propio estado, corresponde al actor probar su acción y al demandado sus excepciones; empero, dicha regla general no es aplicable en casos como el de un fraude porque es muy difícil que los actores tengan a su alcance los medios probatorios...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR