Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado del Cuarto Circuito, 1 de Junio de 1994 (Tesis num. IV.2o.53 P de Segundo Tribunal Colegiado del Cuarto Circuito, 01-06-1994 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónIV.2o.53 P
Fecha de publicación01 Junio 1994
Fecha01 Junio 1994
Número de registro212353
MateriaDerecho Fiscal,Derecho Público y Administrativo,Penal

Para los efectos del delito previsto en la fracción II del artículo 91 de la Ley Reglamentaria del Servicio Público de Banca y Crédito, el requisito de procedibilidad de la querella necesaria no sólo puede cubrirlo la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, sino que, conforme al párrafo segundo del artículo 92 de la citada ley, también puede formular querella la institución bancaria afectada.


SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL CUARTO CIRCUITO.

Amparo en revisión 58/94. L.A.G.E.. 20 de abril de 1994. Unanimidad...

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