Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 1 de Mayo de 1994 (Tesis num. I.3o.C.695 C de Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 01-05-1994 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.3o.C.695 C
Fecha de publicación01 Mayo 1994
Fecha01 Mayo 1994
Número de registro212565
MateriaDerecho Procesal,Civil

Si un juicio de terminación de contrato de arrendamiento, se intenta con base en unas diligencias de jurisdicción voluntaria, por las que se hizo saber la voluntad de la parte arrendadora de dar por terminado el contrato relativo, que ya habían servido de sustento a otro diverso juicio del mismo tipo que promovió también aquélla, apareciendo además que se desistió en ese entonces de tal juicio; todo ello no resulta suficiente para establecer que tales diligencias quedaron sin efecto, ya que de conformidad con el artículo 34 del código adjetivo civil, como no se alegó un desistimiento de la acción sino en todo caso de la demanda, ello lo único que trajo como consecuencia fue que volvieran las cosas al estado que tenían antes de la presentación de la demanda, pero no que quedaran sin efecto esas diligencias que se habían promovido con anterioridad, por la parte actora; por lo tanto, no puede...

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