Tesis Aislada, Tribunal Colegiado del Vigésimo Circuito, 1 de Mayo de 1994 (Tesis num. XX.354 C de Tribunal Colegiado del Vigesimo Circuito, 01-05-1994 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXX.354 C
Fecha de publicación01 Mayo 1994
Fecha01 Mayo 1994
Número de registro212585
MateriaDerecho Civil,Civil

Si bien es cierto que se presumen hijos del concubinario y de la concubina: "Los nacidos después de ciento ochenta días, contados desde que comenzó el concubinato" y "los nacidos dentro de los trescientos días siguientes al en que cesó la vida común entre el concubinario y la concubina". Sin embargo, tal presunción por sí sola es insuficiente para que la misma opere de pleno derecho, en razón de que, es necesario que esa presunción se encuentre...

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