Tesis Aislada, Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, 1 de Mayo de 1994 (Tesis num. I.4o.P.42 P de Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, 01-05-1994 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.4o.P.42 P
Fecha de publicación01 Mayo 1994
Fecha01 Mayo 1994
Número de registro212598
MateriaDerecho Procesal,Penal

Según lo dispuesto por el numeral 139 del Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal la inspección ocular puede practicarse sin necesidad de la presencia de las partes, por lo que la ausencia del inculpado, no anula su valor probatorio.


CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO.

Amparo directo 2289/92. M.d.P.P.C.. 13 de enero de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: F.H.R.. Secretaria: B.M.A..

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