Tesis Aislada, Octavo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 1 de Mayo de 1994 (Tesis num. I.8o.C.60 C de Octavo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 01-05-1994 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.8o.C.60 C
Fecha de publicación01 Mayo 1994
Fecha01 Mayo 1994
Número de registro212645
MateriaDerecho Civil,Derecho Procesal,Civil

Para la procedencia de la acción de prescripción positiva solamente se requiere que el actor demuestre la causa por la cual entró a poseer el inmueble, sin que se deba de analizar la licitud de la causa generadora de la posesión, porque conforme a lo dispuesto por los artículos 826 y 1151 del Código Civil para el Distrito Federal, para que pueda producirse la prescripción de la cosa poseída solamente se requiere revelar el origen de ésta y probar la existencia del acto jurídico que fundamentalmente se cree bastante para transferir el dominio del inmueble que se posee.


OCTAVO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.

Amparo directo 117/94. A.B.I.. 8 de abril de 1994. Unanimidad de votos. Ponente...

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