Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 1 de Abril de 1994 (Tesis num. I.3o.A.540 A de Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 01-04-1994 (Tesis Aisladas))
Número de resolución | I.3o.A.540 A |
Fecha de publicación | 01 Abril 1994 |
Fecha | 01 Abril 1994 |
Número de registro | 212838 |
Materia | Derecho Fiscal,Administrativa |
La falta de cita del fundamento en que se apoyan las facultades de la autoridad emisora del dictamen impugnado, no da lugar a concluir que dicha autoridad sea incompetente, sino a declarar la nulidad de una omisión en los requisitos formales (fundamentación de la competencia). Lo anterior obedece a que, una declaratoria de incompetencia de autoridad entraña un análisis de los preceptos que se hubieran citado en cuanto a las facultades y una conclusión de que los mismos no le otorgan dicha competencia, este último supuesto encuadra dentro de la fracción I del artículo 238 del código tributario, en tanto que el de la omisión de la cita de los preceptos de competencia y facultades, se ubica en la fracción II del artículo citado. En consecuencia al considerar la Sala fiscal, entre otros fundamentos, la fracción I del precepto antes mencionado, que se refiere a la incompetencia de la autoridad emisora, impide la emisión de un nuevo acto, no obstante que fuera competente la...
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...R.E.G.T.. Semanario Judicial de la Federación, Octava Época, Tomo XIII, abril de 1994, página 351, Tribunales Colegiados de Circuito, tesis I.3o.A.540 A....