Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito, 1 de Febrero de 1994 (Tesis num. III.1o.A.124 A de Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito, 01-02-1994 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónIII.1o.A.124 A
Fecha de publicación01 Febrero 1994
Fecha01 Febrero 1994
Número de registro213592
MateriaDerecho Fiscal,Administrativa

La interpretación lógico -sistemática de los artículos 1o. y 23 de la Ley Orgánica del Tribunal Fiscal de la Federación, así como 202, 208 y 209 del Código Fiscal de la Federación, permite concluir que cualquier decisión o acto que provenga de las autoridades fiscales, son susceptibles de impugnación mediante la acción de nulidad que al efecto se intente en términos de los ordenamientos legales invocados, sin que pueda sostenerse válidamente que sólo puedan combatirse resoluciones formalmente dictadas, pues precisamente al utilizar, dichos preceptos, indistintamente los vocablos "resolución" y "acto", no distinguen para referirse a la materia de la impugnación ante el órgano jurisdiccional mencionado. Por tanto, si la conducta asumida por la autoridad consiste en una decisión verbal o escrita, o bien en una omisión (como puede ser, en este...

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