Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado del Cuarto Circuito, 1 de Enero de 1994 (Tesis num. IV.3o.119 C de Tercer Tribunal Colegiado del Cuarto Circuito, 01-01-1994 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónIV.3o.119 C
Fecha de publicación01 Enero 1994
Fecha01 Enero 1994
Número de registro213743
MateriaDerecho Procesal,Civil

El que en la legislación adjetiva civil de la entidad se establezca que contra el desechamiento del recurso de apelación procede el diverso recurso de denegada apelación, esto no debe considerarse factible en materia mercantil porque en el Código de Comercio, tal recurso no se contempla como medio ordinario de defensa según se colige en los artículos 1331 al 1343, y no obstante que el diverso 1051 del citado ordenamiento mercantil previene la aplicación supletoria de la ley común, el concepto de supletoriedad debe entenderse siempre con referencia a la reglamentación omitida en una ley, mas no para establecer o crear recursos no previstos en ésta, pues equivaldría a modificarla o adicionarla en puntos...

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