Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado del Décimo Primer Circuito, 1 de Enero de 1994 (Tesis num. XI.2o.40 A de Segundo Tribunal Colegiado del Decimo Primer Circuito, 01-01-1994 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXI.2o.40 A
Fecha de publicación01 Enero 1994
Fecha01 Enero 1994
Número de registro213913
MateriaAdministrativa

Si los actos reclamados son de aquellos que tienden a privar total o parcialmente, en forma temporal o definitiva al ejido quejoso de la posesión, uso y disfrute de los terrenos precisados en la demanda, es inconcuso que la juez de Distrito actuó incorrectamente al, en auto admisorio de ésta, ordenar formar por duplicado incidente de suspensión, pues como esos actos encuadran dentro de la hipótesis prevista en el numeral 233 de la Ley de Amparo, el cual ordena que en el propio auto admisorio de demanda debe decretarse la suspensión de plano de los mismos, por lo que procede revocar el proveído recurrido para conceder la medida suspensional de...

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