Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 1 de Octubre de 1995 (Tesis num. I.3o.C.56 C de Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 01-10-1995 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.3o.C.56 C
Fecha de publicación01 Octubre 1995
Fecha01 Octubre 1995
Número de registro204108
MateriaDerecho Procesal,Civil

El órgano competente para conocer del recurso de queja es el superior jerárquico del juez en materia civil que no admitió a trámite la demanda correspondiente, que, en términos del artículo 45 de la Ley Orgánica de los Tribunales de Justicia del Fuero Común del Distrito Federal, es la Sala a la que se encuentra adscrito el juez natural, por lo que el recurso de queja debe ser presentado ante la Sala respectiva y no ante la presidencia del Tribunal Superior, dado que ésta en términos de los artículos 35 y 37 de la Ley Orgánica mencionada tiene asignadas funciones específicas, dentro de las cuales...

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