Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Segundo Circuito, 1 de Agosto de 1995 (Tesis num. II.2o.C.T.8 C de Segundo Tribunal Colegiado en Materias Civil Y de Trabajo del Segundo Circuito, 01-08-1995 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónII.2o.C.T.8 C
Fecha de publicación01 Agosto 1995
Fecha01 Agosto 1995
Número de registro204596
MateriaDerecho Civil,Civil

Para la procedencia de la acción de prescripción positiva es requisito indispensable probar en qué concepto se tiene la posesión; igualmente cuando se plantea la acción señalada omitiendo revelar la causa generadora de la posesión, dicha acción resulta improcedente.


SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS CIVIL Y DE TRABAJO DEL SEGUNDO CIRCUITO.

Amparo directo 668/95. Estela C.S.. 5 de julio de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: R.S.S.. Secretario: P.R.A..

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