Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado del Quinto Circuito, 1 de Agosto de 1995 (Tesis num. V.2o.3 A de Segundo Tribunal Colegiado del Quinto Circuito, 01-08-1995 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónV.2o.3 A
Fecha de publicación01 Agosto 1995
Fecha01 Agosto 1995
Número de registro204672
MateriaDerecho Civil,Administrativa

En los conflictos sucesorios en materia agraria, el procedimiento se rige específicamente conforme a lo previsto en los artículos 17, 18 y 19 de la nueva legislación agraria, de tal manera que aun cuando un aspirante a ejidatario se crea con mejor derecho para suceder los derechos agrarios de un ejidatario fallecido, fundándose para ello en que tiene a su favor un testamento en donde el de cujus lo nombró heredero universal de sus bienes presentes y futuros, si nada se dijo en tal testamento respecto de los derechos agrarios en los términos que lo establece la propia legislación, los derechos que emanen de la citada declaración unilateral de voluntad deben considerarse válidos única y exclusivamente para el régimen...

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