Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado del Sexto Circuito, 1 de Febrero de 1995 (Tesis num. VI.1o.18 P de Primer Tribunal Colegiado del Sexto Circuito, 01-02-1995 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónVI.1o.18 P
Fecha de publicación01 Febrero 1995
Fecha01 Febrero 1995
Número de registro208243
MateriaDerecho Civil,Derecho Penal,Derecho Procesal,Penal

Si el inculpado tacha de falsa el acta del primer matrimonio o alega que fue suplantado, dentro del proceso penal sí puede probar esas defensas pues no sería justo que soportara una acusación y que quedara vinculado a ella con todas las consecuencias que implique y que muchas veces son irreparables, hasta que pruebe ante un juez civil los referidos extremos, pues en tal hipótesis se correría el riesgo de que si el proceso penal concluyera antes que el juicio civil, el sujeto sea condenado y a la postre en este último se acredite la falsedad o la suplantación. Es pertinente aclarar que el pronunciamiento anterior debe entenderse sin perjuicio de que se entablen las acciones que correspondan en el ámbito civil porque las pruebas que al efecto se presentarán tendrán eficacia sólo en la esfera penal, donde se busca la verdad real tocante a la comisión de un hecho delictuoso; dicho de otro modo, en...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR