Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado del Sexto Circuito, 1 de Febrero de 1995 (Tesis num. VI.1o.66 P de Primer Tribunal Colegiado del Sexto Circuito, 01-02-1995 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónVI.1o.66 P
Fecha de publicación01 Febrero 1995
Fecha01 Febrero 1995
Número de registro208330
MateriaDerecho Penal,Penal

Como el delito de daño en propiedad ajena por exclusión se persigue de oficio, al no estar expresamente determinado por el Código de Defensa Social para el Estado de Puebla que se persiga a petición de parte, es suficiente para tener por acreditada su corporeidad la demostración de los elementos materiales y objetivos precisados en su descripción legal, sin que sea esencial la determinación precisa de quién sea el propietario del bien dañado o destruido, con tal que esté acreditado que es ajeno al inculpado, pues esa circunstancia sólo adquiere relevancia al momento en que se resuelva respecto a la reparación del daño.

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