Tesis Aislada, Sexto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 1 de Febrero de 1995 (Tesis num. I.6o.T.577 L de Sexto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 01-02-1995 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.6o.T.577 L
Fecha de publicación01 Febrero 1995
Fecha01 Febrero 1995
Número de registro208828
MateriaDerecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Laboral

El artículo 40 del Contrato Ley de la Industria de la Transformación del Hule en Productos Manufacturados establece: "Las empresas darán un tiempo de treinta minutos para tomar sus alimentos, con goce de salario, a los obreros que trabajen horas corridas según horarios que se fijen en los reglamentos interiores de trabajo. Cuando dentro de la jornada se encuentre incluido el tiempo de comida fijado por el reglamento interior, deberá pagarse a los obreros, salvo el caso en que por tener que ajustar la hora en los fines de semana para completar por causa de un día festivo, esa jornada pueda verse afectada; en la inteligencia de que si dicho ajuste abarca más de seis horas de labor, sí deberá pagarse la media hora destinada a los alimentos." Del texto...

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