Tesis Aislada, Tribunal Colegiado del Vigésimo Circuito, 1 de Febrero de 1995 (Tesis num. XX.294 P de Tribunal Colegiado del Vigesimo Circuito, 01-02-1995 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXX.294 P
Fecha de publicación01 Febrero 1995
Fecha01 Febrero 1995
Número de registro209097
MateriaDerecho Procesal,Penal

Atento a que la inspección judicial es un medio de prueba directa que tiene por objeto formar la convicción del órgano jurisdiccional, mediante la percepción inmediata de éste sobre los lugares, personas u objetos vinculados con la causa criminal que se investiguen en el proceso, debe entenderse que con esta prueba se busca el contacto personal del juez con la materia misma donde consten los hechos a conocer y a probar, sin intermediarios, y se forme una opinión propia a través de sus sentidos y de su saber. Y la reconstrucción de hechos consiste en reproducir la forma como ocurrieron, de acuerdo con las versiones que existen en el proceso, con la finalidad de que se establezca la veracidad de las declaraciones rendidas por los testigos presenciales y del inculpado, con objeto de que el Tribunal tenga noción directa de la manera como se desarrollaron esos hechos; de ahí, que si el defensor particular del quejoso, ofreció con toda oportunidad dentro del proceso las pruebas de inspección judicial y reconstrucción de hechos y el juez instructor sin base legal...

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