Tesis Aislada, Quinto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 1 de Febrero de 1995 (Tesis num. I.5o.T.51 K de Quinto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 01-02-1995 (Tesis Aisladas))
Número de resolución | I.5o.T.51 K |
Fecha de publicación | 01 Febrero 1995 |
Fecha | 01 Febrero 1995 |
Número de registro | 209342 |
Materia | Derecho Procesal,Común |
Si el juez de Distrito admite la demanda de garantías, proveído contra el que se interpone recurso de queja con apoyo en la fracción I del artículo 95 de la Ley de Amparo y seguidamente pronuncia sentencia definitiva, no cabe duda alguna que la defensa hecha valer ha quedado sin materia, más aún si tal resolución ha sido impugnada mediante revisión, pues será en ocasión de ésta cuando tenga que estudiarse la procedencia del juicio constitucional, y no por medio del recurso a que se refiere el rubro.
QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Queja 325/94. R.M.G.. 21 de noviembre de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: R.B.P.. Secretario: M.B.D..
Nota: La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver la contradicción de tesis 7/2001-PL, en sesión de 21 de junio de 2002, determinó que la Coordinación General de Compilación y Sistematización de Tesis, con fundamento...
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Ejecutoria de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala
...de Distrito en Materia de Trabajo en el Distrito Federal, en el juicio de garantías número 653/94." Este criterio dio lugar a la tesis I.5o.T.51 K, publicada en la página 205, Octava Época del Semanario Judicial de la Federación, Tomo XV, febrero de 1995, que "QUEJA SIN MATERIA. Si el J. de......