Tesis Aislada, Quinto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 1 de Enero de 1995 (Tesis num. I.5o.C.569 C de Quinto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 01-01-1995 (Tesis Aisladas))
Número de resolución | I.5o.C.569 C |
Fecha de publicación | 01 Enero 1995 |
Fecha | 01 Enero 1995 |
Número de registro | 209522 |
Materia | Derecho Procesal,Civil |
La excepción de falta de legitimación pasiva en el proceso, que la hace depender el coenjuiciado en que no actuó como actor, como demandado, ni como tercero en el juicio natural declarado nulo por la potestad jurisdiccional del orden común, así como en que tampoco intervino en la celebración de los contratos fundatorios de la acción ejercitada en el propio juicio, ni en el embargo; es infundada porque la legitimación pasiva en la causa, esto es, la idoneidad para ser parte demandada en tratándose de la acción de nulidad del referido juicio concluido, surge cuando el coenjuiciado se colude con los demás sujetos de la relación jurídica procesal para llevar el citado juicio a espaldas del otro codemandado y, por ende, aquél figuró únicamente en apariencia como demandado en el proceso, sin serlo en la realidad, equiparándose por tanto a un tercero, toda vez que las circunstancias existentes en la controversia llevaron al Juez del conocimiento a determinar que dicho codemandado resultaba...
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...D.S.P.. Semanario Judicial de la Federación, Octava Época, Tomo XV, enero de 1995, página 255, Tribunales Colegiados de Circuito, tesis I.5o.C.569 C....