Tesis Aislada, Tribunal Colegiado del Vigésimo Circuito, 1 de Diciembre de 1996 (Tesis num. XX.97 P de Tribunal Colegiado del Vigesimo Circuito, 01-12-1996 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXX.97 P
Fecha de publicación01 Diciembre 1996
Fecha01 Diciembre 1996
Número de registro199882
MateriaDerecho Procesal,Penal

Para acreditar la culpabilidad, tanto en los delitos dolosos como en los culposos, es admisible la prueba circunstancial o indiciaria como la denomina el Código Federal de Procedimientos Penales en los artículos 285 y 286, pero sólo cuando se encuentra corroborada con otras pruebas, en virtud de que dicho elemento de convicción está basado sobre el razonamiento, teniendo como punto de partida hechos o circunstancias que están probados y de los cuales se trata de desprender su relación con el hecho inquirido; esto es, un dato por completar, una incógnita por determinar o una hipótesis por verificar, lo mismo...

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