Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado del Sexto Circuito, 1 de Noviembre de 1996 (Tesis num. VI.2o.56 K de Segundo Tribunal Colegiado del Sexto Circuito, 01-11-1996 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónVI.2o.56 K
Fecha de publicación01 Noviembre 1996
Fecha01 Noviembre 1996
Número de registro201027
MateriaDerecho Procesal,Común

De la recta interpretación del artículo 30, fracción II, de la Ley de Amparo, se deduce que el emplazamiento del tercero perjudicado en el juicio constitucional, sólo procede ordenarse mediante edictos, cuando no conste en autos domicilio del mismo; por tanto, si el quejoso en cumplimiento del requerimiento realizado por el Juez de Distrito, señaló el domicilio del tercero perjudicado, es ilegal ordenar se practique su emplazamiento por edictos, si previamente no se ha investigado dicho domicilio por el tribunal que conozca del juicio y no existe constancia de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR