Tesis Aislada, Sexto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 1 de Octubre de 1996 (Tesis num. I.6o.T.35 L de Sexto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 01-10-1996 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.6o.T.35 L
Fecha de publicación01 Octubre 1996
Fecha01 Octubre 1996
Número de registro201271
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social,Laboral

La supletoriedad de las normas opera cuando, existiendo una figura jurídica en un ordenamiento legal, ésta no se encuentra regulada de manera clara y precisa, por lo que, en este caso, resulta necesario acudir a otro cuerpo de leyes que la regule, según disposición expresa de aquélla, para determinar sus particularidades; es decir, que los requisitos necesarios para que exista la supletoriedad de unas normas respecto de otras, son: a). Que el ordenamiento objeto de supletoriedad prevea la institución jurídica de que se trate; b). Que no obstante esa previsión, las normas existentes en tal cuerpo jurídico sean insuficientes para su aplicación a la situación concreta presentada, por carencia total o parcial de la reglamentación necesaria; c). Que el ordenamiento que se pretenda suplir lo admita expresamente, y señale el estatuto supletorio; y d). Que las disposiciones o principios con los que se vaya a subsanar la deficiencia no contraríen, de algún modo, las bases esenciales del sistema legal de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR