Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado del Décimo Quinto Circuito, 1 de Mayo de 1996 (Tesis num. XV.1o.3 A de Primer Tribunal Colegiado del Decimo Quinto Circuito, 01-05-1996 (Tesis Aisladas))
Número de resolución | XV.1o.3 A |
Fecha de publicación | 01 Mayo 1996 |
Fecha | 01 Mayo 1996 |
Número de registro | 202397 |
Materia | Derecho Civil,Administrativa |
Tratándose de derechos agrarios la designación de heredero hecha ante fedatario público goza de pleno valor, aun cuando se haya otorgado durante la vigencia de la Ley Federal de Reforma Agraria abrogada, pues si bien dicha legislación en su artículo 81 únicamente permitía la transmisión de derechos mediante lista de sucesión, sin embargo, si aquel acto jurídico no fue revocado y a la muerte del otorgante ya se encontraba en vigor la actual Ley Agraria, es claro que el testamento siguió surtiendo todos sus efectos legales, porque ésta en su artículo 17 permite la designación sucesoria ante fedatario público, sin que por otra parte condicione su validez al requisito de inscripción en el Registro Agrario Nacional, y no estimarlo así, sería contrariar lo dispuesto por el artículo 14 de la Constitución General de la...
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