Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, 1 de Marzo de 1996 (Tesis num. I.1o.P.2 P de Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, 01-03-1996 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.1o.P.2 P
Fecha de publicación01 Marzo 1996
Fecha01 Marzo 1996
Número de registro202926
MateriaDerecho Penal,Derecho Fiscal,Penal

Tratándose de delitos fiscales, la autoridad judicial está impedida legalmente para imponer sanciones pecuniarias, lo cual compete única y exclusivamente a las autoridades administrativas con arreglo a las leyes fiscales, sin que ello afecte al procedimiento penal, de acuerdo a lo que establece el artículo 94 del Código Fiscal.


PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO.

Amparo directo 1805/94. S.W.K.. 14 de marzo de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: C.E.R.D.. Secretario: M.C.S..

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