Tesis Aislada, Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 1 de Junio de 1997 (Tesis num. I.4o.A.217 A de Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 01-06-1997 (Tesis Aisladas))
Número de resolución | I.4o.A.217 A |
Fecha de publicación | 01 Junio 1997 |
Fecha | 01 Junio 1997 |
Número de registro | 198596 |
Materia | Derecho Mercantil y de la Empresa,Administrativa |
Si bien es cierto que, como lo dispone el artículo antes señalado, los interesados tendrán la elección de continuar los asuntos relativos al registro de sociedades cooperativas y otros que estén en trámite de acuerdo a la ley que se abroga, también lo es que únicamente se refiere a las personas que tienen legitimación para ello, toda vez que si promueve quien está fuera de la sociedad, en nada le perjudica cualquier determinación, ya sea ésta favorable o desfavorable, porque la ley relativa no tutela intereses particulares, toda vez que la disolución o liquidación de una sociedad cooperativa sólo puede afectar a sus integrantes.
CUARTO...
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