Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Segundo Circuito, 1 de Mayo de 1997 (Tesis num. II.1o.C.T.128 C de Primer Tribunal Colegiado en Materias Civil Y de Trabajo del Segundo Circuito, 01-05-1997 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónII.1o.C.T.128 C
Fecha de publicación01 Mayo 1997
Fecha01 Mayo 1997
Número de registro198778
MateriaDerecho Civil,Derecho Público y Administrativo,Derecho Procesal,Civil

De los artículos 700 y 717 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de México, se evidencia que contra lo resuelto en el incidente de ejecución de la sentencia o del convenio derivado de un juicio de divorcio por mutuo consentimiento, no se contempla la posibilidad jurídica de combatirlo con algún recurso ordinario, ya sea apelación o revocación; por el contrario, lo prohíben, al señalar en forma imperativa, que sólo procede el de responsabilidad, el cual técnicamente no es un recurso, al estar vinculado con la actuación de quien pronunció el fallo. La negativa a declarar fundado el pago de alimentos, surgidos del pacto, debe considerarse como emitida en ejecución de una sentencia de esa clase y, por tanto, no impugnable en el juicio civil, siendo procedente plantear su examen ante la potestad federal, según lo autoriza el...

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