Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Segundo Circuito, 1 de Mayo de 1997 (Tesis num. II.1o.C.T.46 L de Primer Tribunal Colegiado en Materias Civil Y de Trabajo del Segundo Circuito, 01-05-1997 (Tesis Aisladas))
Número de resolución | II.1o.C.T.46 L |
Fecha de publicación | 01 Mayo 1997 |
Fecha | 01 Mayo 1997 |
Número de registro | 198813 |
Materia | Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Procesal,Laboral |
El artículo 878 de la Ley Federal del Trabajo obliga al patrón a comparecer personalmente y responder en el momento de la audiencia de conciliación, demanda y excepciones, ofrecimiento y admisión de pruebas, dada la especial naturaleza del juicio laboral y, en consecuencia, no es factible estimar cumplida esa obligación, si se presenta el escrito de contestación de la demanda por conducto de la oficialía de partes, pues, se insiste, de acuerdo con los artículos 686 y 878, fracción III, de la indicada ley, el reo está constreñido a presentarse en esa diligencia para manifestarse respecto de las exigencias del actor y aun cuando puede hacerlo en forma escrita, sería necesaria la...
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Tesis Aislada, Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Sexto Circuito, 1 de Diciembre de 2005 (Tesis num. VI.T.66 L de Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Sexto Circuito, 01-12-2005 (Tesis Aisladas))
...S.A.E.. Secretario: J.C.A.. Véase: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo V, mayo de 1997, página 619, tesis II.1o.C.T.46 L, de rubro: "DEMANDA LABORAL. LA FALTA DE CONTESTACIÓN EN FORMA PERSONAL O POR ESCRITO RATIFICADO, PRODUCE LA ACEPTACIÓN DE LOS HECHOS.", y......