Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado del Sexto Circuito, 1 de Enero de 1997 (Tesis num. VI.2o.149 P de Segundo Tribunal Colegiado del Sexto Circuito, 01-01-1997 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónVI.2o.149 P
Fecha de publicación01 Enero 1997
Fecha01 Enero 1997
Número de registro199693
MateriaDerecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Penal

De la recta interpretación del artículo 223, fracción I, del Código Penal Federal se deduce que para la configuración del delito de peculado es indispensable que el sujeto activo tenga el carácter de servidor público en la época en que realice la conducta típica; por tanto, si consta en la causa penal que el banco agraviado, en la fecha en que se realizaron las conductas delictuosas que dieron origen al quebranto patrimonial, tenía el carácter de sociedad nacional de crédito, es evidente que los empleados de la misma tenían el carácter de servidores públicos y por ende es legal concluir que si uno de ellos realizó actos dolosos que ocasionaron el menoscabo patrimonial de la institución, su conducta es configurativa del delito de peculado, siendo intrascendente que con posterioridad dicha institución se haya privatizado transformándose en...

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