Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado del Sexto Circuito, 1 de Mayo de 1998 (Tesis num. VI.3o.30 P de Tercer Tribunal Colegiado del Sexto Circuito, 01-05-1998 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónVI.3o.30 P
Fecha de publicación01 Mayo 1998
Fecha01 Mayo 1998
Número de registro196319
MateriaDerecho Civil,Derecho Penal,Derecho Constitucional,Penal

El requisito para que el sentenciado goce del beneficio de la conmutación de la pena privativa de la libertad por multa, consistente en que previamente pague la reparación del daño, previsto por el artículo 103 del Código de Defensa Social para el Estado de Puebla, no resulta contrario a lo previsto por la fracción X del artículo 20 constitucional, que dispone: "... X. En ningún caso podrá prolongarse la prisión o detención, por falta de pago de honorarios de defensores o por cualquiera otra prestación de dinero, por causa de responsabilidad civil o algún otro motivo ‘análogo’ ...", toda vez que la reparación del daño no tiene carácter de...

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