Tesis Aislada, Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 1 de Abril de 1998 (Tesis num. I.4o.A. 202 A de Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 01-04-1998 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.4o.A. 202 A
Fecha de publicación01 Abril 1998
Fecha01 Abril 1998
Número de registro196426
MateriaDerecho Fiscal,Derecho Procesal,Administrativa

Si los argumentos de la responsable para acreditar la importancia y trascendencia de un asunto, los hacen consistir en determinar si es aplicable o no la jurisprudencia del Poder Judicial Federal, con ello no se cumplen los requisitos necesarios para la procedencia del recurso de revisión fiscal; además, no es a los Tribunales Colegiados a quienes corresponde decidir respecto de la obligatoriedad de la jurisprudencia y de la designación de la aplicable al caso, ya que los artículos 192 a 197-A de la Ley de Amparo señalan específicamente cuáles son las reglas que deben seguir los tribunales administrativos respecto de la obligatoriedad, formación y aplicación de la jurisprudencia del Poder Judicial Federal.


CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.


Revisión fiscal 1574/96. S.F.F. de Amparos de la Procuraduría Fiscal de la Federación, en representación de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y autoridades demandadas (Afianzadora Mexicana, S.A.). 27 de noviembre de 1996. Unanimidad de votos...

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