Tesis Aislada, Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 1 de Enero de 1998 (Tesis num. I.4o.A.259 A de Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 01-01-1998 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.4o.A.259 A
Fecha de publicación01 Enero 1998
Fecha01 Enero 1998
Número de registro197038
MateriaDerecho Público y Administrativo,Derecho Procesal,Administrativa

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 87 de la ley mencionada, antes de promover el juicio de garantías debe cumplirse con el principio de definitividad que rige el juicio de amparo, toda vez que el recurso de apelación previsto en el precepto invocado tiene por objeto revisar las resoluciones que emitan las Salas del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal que decreten o nieguen sobreseimiento, las que resuelvan el juicio o la cuestión planteada en el fondo y las que pongan fin al procedimiento. Por tanto, al existir un...

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