Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado del Quinto Circuito, 1 de Enero de 1998 (Tesis num. V.1o.13 L de Primer Tribunal Colegiado del Quinto Circuito, 01-01-1998 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónV.1o.13 L
Fecha de publicación01 Enero 1998
Fecha01 Enero 1998
Número de registro197055
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Procesal,Laboral

Se cumple con el requisito del artículo 827 de la Ley Federal del Trabajo, tratándose del lugar en que habrá de practicarse la prueba de inspección ocular, cuando el oferente señala como tal "la propia fuente de trabajo", pues ello se estima suficiente para colmar el requisito que se indica, toda vez que el precepto mencionado no enumera formalidades específicas que deba proporcionar el oferente de tal probanza al señalar el lugar en que habrá de desahogarse; es decir, no exige que se mencione la denominación del establecimiento ni el domicilio, sino únicamente requiere que el oferente señale el sitio...

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