Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y de Trabajo del Cuarto Circuito, 1 de Diciembre de 1999 (Tesis num. -IV.3o.A.T.29 A de Tercer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa Y de Trabajo del Cuarto Circuito, 01-12-1999 (Tesis Aisladas))

Número de resolución-IV.3o.A.T.29 A
Fecha de publicación01 Diciembre 1999
Fecha01 Diciembre 1999
Número de registro192741
MateriaDerecho Fiscal,Administrativa

No puede existir ilegalidad en la emisión de la orden de verificación de vehículos de procedencia extranjera emitida por las unidades administrativas de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, atendiendo a la naturaleza del caso particular de la comprobación de vehículos de procedencia extranjera, puesto que por razones obvias al referirse a vehículos en circulación resulta imposible determinar el lugar o lugares por los que éstos transitan; por tanto, para cumplir con la exigencia contenida en el artículo 16 constitucional basta con que la misma orden conste por escrito y permita identificar a la persona a la que se dirige, estando debidamente fundada y motivada, porque como se dijo, en la orden de verificación de vehículos de procedencia extranjera en tránsito no puede de manera cierta conocer previamente qué vehículo pasará por un lugar determinado en una fecha precisa, de tal suerte que las órdenes de verificación se emiten para autorizar a funcionarios de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público que se encarguen de la verificación o revisión de los citados vehículos, consistente en comprobar la estancia legal, importación y tenencia de vehículos extranjeros en circulación dentro de un ámbito espacial y tomando para tal efecto la competencia territorial conforme a la cual actúan las Administraciones Locales Jurídicas de Ingresos, las Administraciones Locales de Auditoría Fiscal y las Administraciones Locales de...

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