Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado del Décimo Quinto Circuito, 1 de Julio de 2000 (Tesis num. XV.1o.45 C de Primer Tribunal Colegiado del Décimo Quinto Circuito, 01-07-2000 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXV.1o.45 C
Fecha de publicación01 Julio 2000
Fecha01 Julio 2000
Número de registro191626
MateriaDerecho Penal,Derecho Constitucional,Derecho Procesal,Civil

Una orden de cateo no puede equipararse a la medida de apremio consistente en el rompimiento de cerraduras en lo estrictamente indispensable para practicar una diligencia de embargo, pues la naturaleza de ambas es distinta, porque la primera se autoriza a petición de una autoridad investigadora, cuando se sospecha que en determinado domicilio se están efectuando actos ilícitos; y la segunda, en función de la resistencia a obedecer un mandato jurisdiccional, medida que se encuentra prevista en la fracción II del artículo 73 del Código de Procedimientos Civiles del Estado, de aplicación supletoria al Código de Comercio y que, además, puede modificarse o invalidarse a través del recurso de apelación previsto en el artículo 1341 del ordenamiento legal citado en segundo término; por lo que, previamente a acudir a la instancia constitucional, debe agotarse el recurso mencionado y de no hacerse deberá sobreseerse en el juicio de garantías con fundamento en el artículo 74, fracción III, en relación con la fracción XIII del artículo 73 de la ley de la materia, situación que...

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