Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Segundo Circuito, 1 de Diciembre de 2001 (Tesis num. II.2o.C.65 K de Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Segundo Circuito, 01-12-2001 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónII.2o.C.65 K
Fecha de publicación01 Diciembre 2001
Fecha01 Diciembre 2001
Número de registro188327
MateriaDerecho Procesal,Común

La sola solicitud de copias de las actuaciones que conforman el juicio de donde proviene el acto reclamado, en modo alguno implica el conocimiento pleno de éste, para que a partir de la fecha de solicitud pudiera iniciar el cómputo de quince días que establece el artículo 21 de la Ley de Amparo para la presentación de la demanda de garantías. Ello es así, dado que media la exigencia legal de que dicho conocimiento debe ser patente e incuestionable, y nunca deducirse con meras presunciones. Consecuentemente, de la simple solicitud de copias del expediente y del dictado del acuerdo que autorizó su expedición, no puede inferirse ni actualizarse un dato suficiente y pleno para concluir que a partir de las fechas de esas actuaciones el quejoso haya tenido cabal conocimiento de los actos reclamados; lo anterior, aunado a que es preponderante la circunstancia de que no hay constancia de que tales copias las hubiese recibido el...

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