Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado del Décimo Circuito, 1 de Agosto de 2001 (Tesis num. X.3o.9 C de Tercer Tribunal Colegiado del Décimo Circuito, 01-08-2001 (Tesis Aisladas))
Número de resolución | X.3o.9 C |
Fecha de publicación | 01 Agosto 2001 |
Fecha | 01 Agosto 2001 |
Número de registro | 189050 |
Materia | Derecho Procesal,Civil |
El litisconsorcio es una modalidad del procedimiento que consiste en pluralidad de actores o demandados, que se le denomina activa cuando está referida a los actores y pasiva cuando se trata de los llamados al juicio; dicha figura jurídico-procesal puede ser de dos tipos: voluntario o necesario; el primero se configura cuando el actor, pudiendo presentar varias acciones contra distintos demandados en juicios diversos, en uno sólo decide accionar contra todos; mientras que el necesario, cuando la obligación de concurrir a pleito deriva del litigio mismo, es decir, que el juicio no puede verificarse sino a condición de que acudan o se llame a todos los interesados, porque los cuestionamientos jurídicos que habrán de ventilarse pueden afectar al conjunto. Luego, el litisconsorcio no es una condición de la acción, pues al resultar de carácter pasivo necesario, únicamente genera la imposibilidad de pronunciar sentencia válida y eficaz cuando no se oye a todos los interesados, de tal suerte que, ante esa hipótesis...
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