Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado del Décimo Circuito, 1 de Abril de 2001 (Tesis num. X.3o.9 K de Tercer Tribunal Colegiado del Décimo Circuito, 01-04-2001 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónX.3o.9 K
Fecha de publicación01 Abril 2001
Fecha01 Abril 2001
Número de registro189885
MateriaDerecho Procesal,Común

De una interpretación sistemática del artículo 89 de la Ley de Amparo, se advierte que este dispositivo establece que interpuesta la revisión y recibidas en tiempo las copias del escrito de expresión de agravios, conforme al artículo 88 ibídem, el Juez de Distrito remitirá el expediente original a la H. Suprema Corte de Justicia de la Nación o al Tribunal Colegiado de Circuito, según el conocimiento del asunto que competa a aquélla o a éste, dentro del término de veinticuatro horas, así como el original del escrito de agravios y la copia que corresponda al Ministerio Público Federal. Sin embargo, dicha legislación no prevé que se tenga que esperar hasta que esté debidamente integrado el expediente para enviar los autos para su sustanciación, por lo que debe atenderse a la literalidad del referido precepto.


TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DEL DÉCIMO CIRCUITO.

Queja 58/2000. A.R. de D. y otro. 30 de noviembre de 2000. Unanimidad de votos. Ponente: R.S. de los Santos. Secretario: C.B.L..


Nota: Esta tesis contendió en la contradicción 12/2004-PL resuelta por la Segunda Sala, de la que derivó la tesis 2a./J. 116/2004, que aparece publicada en el...

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