Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado del Décimo Circuito, 1 de Enero de 2001 (Tesis num. X.1o.26 C de Primer Tribunal Colegiado del Décimo Circuito, 01-01-2001 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónX.1o.26 C
Fecha de publicación01 Enero 2001
Fecha01 Enero 2001
Número de registro190478
MateriaDerecho Mercantil y de la Empresa,Derecho Procesal,Civil

Del análisis armónico a los artículos 1340 y 1341 del Código de Comercio se concluye que para que una resolución interlocutoria, pronunciada en un juicio mercantil, pueda ser recurrida en apelación, se requiere que la sentencia definitiva la admita, lo que acontece sólo cuando la suerte principal del asunto excede de ciento ochenta y dos veces el salario mínimo general, vigente en la fecha de la interposición de la demanda y en el lugar en que se ventile el procedimiento; por lo tanto, para la procedencia de este medio de impugnación no debe atenderse a las reclamaciones accesorias sino a la principal, amén de que resulta irrelevante que el acuerdo que se recurra en apelación se haya dictado después de emitida la sentencia definitiva, en virtud de que el referido artículo 1341, en su segunda parte, permite la apelación de autos que...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR