Tesis Aislada, Décimo Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 1 de Junio de 2002 (Tesis num. I.12o.A.37 A de Décimo Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 01-06-2002 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.12o.A.37 A
Fecha de publicación01 Junio 2002
Fecha01 Junio 2002
Número de registro186726
MateriaDerecho Fiscal,Derecho Procesal,Administrativa

La excepción prevista en el artículo 127 del Código Fiscal de la Federación respecto del plazo para la interposición del recurso de revocación previsto en el artículo 116 del mismo ordenamiento, está referida a violaciones cometidas durante el procedimiento administrativo de ejecución por no haberse ajustado éste a derecho; en consecuencia, dicha excepción es inoperante cuando en el mencionado recurso se hacen valer deficiencias del documento base de la acción de cobro, argumentando que el crédito correspondiente es inexigible, ya que el procedimiento administrativo de ejecución inicia con el requerimiento de pago y éste no puede ser considerado como parte de aquél.


DÉCIMO SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL...

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