Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado del Décimo Primer Circuito, 1 de Junio de 2002 (Tesis num. XI.2o.42 P de Segundo Tribunal Colegiado del Décimo Primer Circuito, 01-06-2002 (Tesis Aisladas))
Número de resolución | XI.2o.42 P |
Fecha de publicación | 01 Junio 2002 |
Fecha | 01 Junio 2002 |
Número de registro | 186787 |
Materia | Derecho Penal,Penal |
El delito contra la economía pública, a que se refiere la fracción III del artículo 253 del Código Penal Federal, se configura si en una negociación, al momento de hacerse la transacción de la mercancía, se entrega a los consumidores cantidades menores del combustible que adquieren. No obstante no se identifique quién o quiénes de los consumidores fueron los sujetos pasivos del delito, porque la infracción penal de que se trata, por su naturaleza, es un delito que protege la economía pública, que es el conjunto de actividades que conciernen a la producción, circulación, distribución y consumo de los satisfactores materiales, y su contravención pone en peligro la economía nacional en general y en particular a las clases sociales más desprotegidas, amén de que se trata de un delito de peligro, no de resultado, pues sanciona una conducta que pone en peligro un bien...
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