Tesis Aislada, Noveno Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, 1 de Mayo de 2002 (Tesis num. I.9o.P.3 P de Noveno Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, 01-05-2002 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.9o.P.3 P
Fecha de publicación01 Mayo 2002
Fecha01 Mayo 2002
Número de registro186871
MateriaDerecho Civil,Derecho Penal,Penal

De una interpretación teleológica del artículo 30 bis del Código Penal para el Distrito Federal, se desprende que dicho precepto no únicamente hace alusión a que tienen derecho a la reparación del daño los dependientes económicos, sino también los derechohabientes de la víctima, entendiéndose éstos como las personas que tienen uno o varios derechos derivados de otra y que han pasado a su patrimonio en forma legal y si, en el caso, el citado numeral 30 bis, en sus incisos a) y b), del código en consulta, establece que tienen derecho a la reparación del daño, en primer término, la víctima o el ofendido, y en segundo término, en caso de fallecimiento de aquélla, sus dependientes económicos o sus derechohabientes, resulta evidente que el derecho a la reparación del daño a favor de los padres...

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