Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Sexto Circuito, 1 de Mayo de 2002 (Tesis num. VI.1o.P.191 P de Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Sexto Circuito, 01-05-2002 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónVI.1o.P.191 P
Fecha de publicación01 Mayo 2002
Fecha01 Mayo 2002
Número de registro186958
MateriaPenal

El dictamen en materia de armas de fuego que sea emitido por elementos de la Policía Judicial Federal, debido a las características del trabajo que desempeñan, su conocimiento sobre armas de fuego y mecanismo de las mismas, debe estimarse un indicio que, apreciado en conciencia por el Juez del conocimiento según las circunstancias del caso, con los demás medios de prueba, pueden llegar a adquirir en su conjunto el rango de prueba plena, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 285, 286 y 288 del Código Federal de Procedimientos Penales.


PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL SEXTO CIRCUITO.

Amparo directo 2/2002. 14 de febrero de 2002. Unanimidad de votos. Ponente: E.Z.R.. Secretaria: B.E.D.N..

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