Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Sexto Circuito, 1 de Febrero de 2002 (Tesis num. VI.1o.P.26 K de Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Sexto Circuito, 01-02-2002 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónVI.1o.P.26 K
Fecha de publicación01 Febrero 2002
Fecha01 Febrero 2002
Número de registro187772
MateriaDerecho Procesal,Común

Conforme al artículo 192 de la Ley de Amparo "La jurisprudencia que establezca la Suprema Corte de Justicia, funcionando en Pleno o en Salas, es obligatoria para éstas en tratándose de la que decrete el Pleno, y además para los Tribunales Unitarios y Colegiados de Circuito, los Juzgados de Distrito, los tribunales militares y judiciales del orden común de los Estados y del Distrito Federal, y tribunales administrativos y del trabajo locales o federales. ..."; y esa obligatoriedad persiste hasta en tanto no exista otra tesis jurisprudencial con distinto criterio.


PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL SEXTO CIRCUITO.

Amparo en revisión 299/2001. 20 de septiembre...

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