Tesis Aislada, Séptimo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 1 de Enero de 2002 (Tesis num. I.7o.T.73 L de Séptimo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 01-01-2002 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.7o.T.73 L
Fecha de publicación01 Enero 2002
Fecha01 Enero 2002
Número de registro187916
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Fiscal,Derecho Procesal,Laboral

Conforme a lo dispuesto por el artículo 83 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, los interesados afectados por los actos y resoluciones de las autoridades administrativas que pongan fin al procedimiento administrativo, a una instancia o resuelvan un expediente, podrán interponer recurso de revisión o intentar las vías judiciales correspondientes; obligación que no se actualiza cuando la Dirección General de Registro de Asociaciones de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social niega la solicitud de registro a una agrupación sindical, pues dicha resolución tiene doble naturaleza jurídica: atendiendo a la autoridad que la emite es de carácter administrativo, porque lo resuelto en aquella, en sí misma, es un mero trámite de esa naturaleza, pero considerando la trascendencia que tendrá en los aspectos laborales, básicamente en lo referente a la representación del sindicato y su intervención en los conflictos laborales en que puede participar el ente sindical, indudablemente tal resolución tiene también carácter laboral; por tanto, el sindicato quejoso no está obligado a agotar el citado principio de definitividad, consistente en el recurso de revisión; apoya tal criterio el aludido artículo 83, atento al párrafo tercero del artículo 1o. de dicha ley...

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