Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Sexto Circuito, 1 de Octubre de 2003 (Tesis num. VI.2o.C.362 C de Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Sexto Circuito, 01-10-2003 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónVI.2o.C.362 C
Fecha de publicación01 Octubre 2003
Fecha01 Octubre 2003
Número de registro183159
MateriaDerecho Civil,Derecho Público y Administrativo,Derecho Procesal,Civil

Los alimentos constituyen un derecho sustantivo y en esa medida no puede sostenerse que la resolución que sobre el particular se pronuncia durante la tramitación de un juicio en el que se ventilan cuestiones que afectan a la familia, deba considerarse como una cuestión intraprocesal que sólo afecte derechos adjetivos, pues se trata de un acto dentro de juicio de ejecución irreparable, habida cuenta que afecta directa e inmediatamente el derecho sustantivo a recibir alimentos, debiendo considerar para ello, que aun cuando la sentencia que se dicte favorezca los intereses de la promovente del juicio constitucional, lo cierto es que dicho fallo, en modo alguno, podría restituir el goce de los alimentos a que tiene derecho el acreedor...

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