Tesis Aislada, , 1 de Agosto de 2003 (Tesis num. I.11o.C.70 C de Décimo Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 01-08-2003 (Tesis Aisladas))
Número de resolución | I.11o.C.70 C |
Fecha de publicación | 01 Agosto 2003 |
Fecha | 01 Agosto 2003 |
Número de registro | 183423 |
Materia | Derecho Civil,Civil |
Tiene legitimación para promover la acción reivindicatoria quien tiende a la restitución de un bien inmueble al propietario, que otro posee sin justo título; al heredero a título universal respecto de un bien inmueble que perteneció al autor de la sucesión, acreditando tal legitimación con la exhibición de los documentos que acreditan la existencia del procedimiento sucesorio, el que haya sido declarado heredero a título universal del autor de la herencia, y en el que consta que haya aceptado la herencia de bienes inmuebles que pertenecieron al de cujus, documentos que son suficientes para llevar a presumir la buena fe para promover la acción reivindicatoria, en términos de lo dispuesto por el artículo 4o. del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, porque el derecho a la posesión de los bienes hereditarios se transmite por ministerio de ley a los herederos y a los ejecutores universales, desde el momento de la muerte del autor de la herencia, tal como lo consigna el artículo 1704 del Código Civil para el Distrito Federal, por lo que aun cuando no pueda considerarse que la parte actora tenga un título de propiedad propiamente dicho, éste queda definido con la adjudicación que se verifique en el juicio sucesorio respectivo, porque al heredar por la muerte del autor de la sucesión y al ser declarado heredero universal del aquél por la vía legítima...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 16-01-2019 (CONTRADICCIÓN DE CRITERIOS (ANTES CONTRADICCIÓN DE TESIS) 278/2017)
...sucesión del de cujus, teniendo a su cargo la defensa de los bienes de la herencia y la representación de la sucesión en juicio”. (Tesis Aislada I.11o.C.70 C, Novena Época, Tribunales Colegiados de Circuito, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Tomo XVIII, agosto......
-
Sentencia N° 300-2017 de la Sala 9, del Tribunal Supremo de Justicia de Jalisco, 2017
...bienes de ese acervo, porque la propiedad se transmite con la muerte del autor de la herencia a sus herederos.” De igual forma, la Tesis Aislada I.11o.C.70 C, consultable en la página: 1820, de la Novena Época, bajo el número de registro digital: 183423, del Semanario Judicial de la Federac......
-
Sentencia N° 482-2022 de la Sala 9, del Tribunal Supremo de Justicia de Jalisco, 2022
...y texto son los siguientes: “Registro digital: 183423 Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito Novena Época Materias(s): Civil Tesis: I.11o.C.70 C Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. Tomo XVIII, Agosto de página 1820 Tipo: Aislada REIVINDICACIÓN. TIENE LEGITIMACIÓN ......
-
Sentencia N° 547-2015 de la Sala 9, del Tribunal Supremo de Justicia de Jalisco, 2015
...Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito, Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Tomo XVIII, Agosto de 2003, Tesis: I.11o.C.70 C, página: 1820 REIVINDICACIÓN. TIENE LEGITIMACIÓN PARA RECLAMARLA EL QUE HA SIDO DECLARADO HEREDERO UNIVERSAL RESPECTO DEL BIEN QUE PERTENECI......