Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito, 1 de Agosto de 2003 (Tesis num. II.2o.P.82 P de Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito, 01-08-2003 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónII.2o.P.82 P
Fecha de publicación01 Agosto 2003
Fecha01 Agosto 2003
Número de registro183600
MateriaDerecho Constitucional,Penal, Constitucional

Los artículos 13, último párrafo y 105 a 107 del Reglamento de los Centros Federales de Readaptación Social, no trastocan la garantía prevista en el artículo 18 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, toda vez que precisamente ese reglamento tiene su razón de ser en el precepto constitucional de mérito que, siguiendo la finalidad de la pena privativa de libertad que es la readaptación social del sentenciado sobre la base de la educación, el trabajo y la capacitación, prevé que para la óptima individualización del tratamiento se debe clasificar al reo en instituciones especializadas de seguridad máxima, media o mínima, conforme a los resultados que arrojen los estudios de personalidad que se le practiquen en las diferentes disciplinas de psicología, pedagogía, trabajo social, medicina, laborales y criminología, así como en las diversas áreas jurídica y de seguridad, lo que de manera alguna transgrede el espíritu del artículo...

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