Tesis Aislada, Sexto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 1 de Enero de 2003 (Tesis num. I.6o.T.151 L de Sexto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 01-01-2003 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.6o.T.151 L
Fecha de publicación01 Enero 2003
Fecha01 Enero 2003
Número de registro185249
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social,Laboral

La obligación del patrón de entregar el aviso rescisorio al trabajador constituye un acto jurídico que tiene por objeto comunicar a éste la causa o causas y la fecha a partir de las cuales se rescinde el vínculo laboral con la patronal, con el fin de permitirle deducir efectivamente sus derechos laborales mediante las acciones que correspondan, procurando evitar con ello dejarlo en estado de indefensión; por tanto, dicho acto jurídico debe estar acreditado de manera fehaciente, puesto que tiende a proteger los intereses de los trabajadores y, por ello, no basta que sólo una persona pueda hacer constar, mediante acta informativa, que se intentó entregar y la negativa del trabajador a recibir el aviso de rescisión, pues ello implicaría reconocer tanto al patrón como a quien actúe en su nombre, la facultad de dar constancia de sus propios...

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